BARCELONA / El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) dictó una sentencia que prohíbe el uso de esteladas (banderas independentistas catalanas) y otros símbolos en la administración pública.
Según los magistrados del TSJC, la exhibición de símbolos que representan una opción política es ilegal porque vulnera el principio de "objetividad" y "neutralidad institucional".
Aunque la sentencia se refiere específicamente a la colocación de una estelada en una plaza del municipio de Sant Cugat del Vallés, denunciada por la entidad Societat Civil Catalana (SCC), sienta precedente.
El TSJC sostiene que la bandera "constituye un símbolo de la reivindicación independentista de una parte de los ciudadanos catalanes representados por una parte de los partidos políticos".
Además, afirma que la estelada no tiene reconocimiento legal válido como "símbolo oficial de ninguna administración territorial" por lo que su uso "sólo puede ser calificado de partidista", y que las administraciones como tales no tienen libertad de expresión.
También que los alcaldes no pueden incumplir la ley apelando a un "mandato popular" de un pleno municipal, y que los símbolos oficiales han de exhibirse obligatoriamente, aunque los partidos gobernantes no se sientan identificados con ellos.
La sentencia, informan los medios locales, puede ser recurrida al Tribunal Supremo.