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El juez sienta en el banquillo a la cúpula de Gowex por estafa y delitos contra los consumidores

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AUDIENCIA


MADRID


El juez central de Instrucción número 1 de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, ha dictado auto de transformación de diligencias previas en procedimiento abreviado por el ‘caso Gowex’ contra quien fue presidente del Consejo de Administración y consejero delegado de ‘Let’s Gowex’ y ‘Gowex Wireless’, Jenaro García Martín, y otras cuatro personas, por su presunta participación en delitos de estafa, societarios en su modalidad de falseamiento de cuentas, delitos relativos al mercado y los consumidores (en concreto delito de falseamiento de información económica y financiera) y delito de uso de información relevante que afecta a una generalidad de inversores.


Los cuatro investigados junto a Jenaro García a los que afecta el auto son Florencia Maté Garabito, consejera de ‘Let’s Gowex’ y ‘Gowex Wireless’ y firmante de las cuentas anuales del grupo en los ejercicios 2009-2012; Francisco Manuel Martínez Marugán, secretario del Consejo de Administración, y Guadalupe-Esmeralda Almeida Figueroa y Javier Martín Vaquero, a quienes Jenaro García otorgó el cargo de apoderados/administradores de algunas de las sociedades vinculadas a ‘Let’s Gowex’ “para mantener el estatus fraudulento del negocio”, según señala el auto en la relación de hechos.


El auto también se dicta contra las mercantiles ‘Let’s Gowex, S.A.’, ‘Gowex Wireless SLU’, ‘Eco Energy 1y3’ y ‘Biotelgy VC S.A.’ como accionistas mayoritarios de ‘Let’s Gowex’ y receptoras de cuantiosos dividendos repartidos indebidamente, por lo que deberán responder civilmente por la acción de sus administradores. El auto afecta además a Tania Roel Mosquera como partícipe a título lucrativo.


La resolución da un plazo de 10 días a la Fiscalía, Abogacía del Estado y acusaciones particulares y populares para solicitar la apertura de juicio oral, formulando escrito de acusación, o alternativamente el sobreseimiento de la causa.


El juez recuerda en su auto que, como corresponde a una resolución de transformación de diligencias previas en procedimiento abreviado, su contenido delimitador para las acusaciones se circunscribe a los hechos relatados y a las personas imputadas, no a su calificación jurídica, a la que no quedan vinculadas las acusaciones.

Libre@Diario