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La nueva norma de Mercados se abre a información pública durante treinta días

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 MG 8404


LIBRE@DIARIO/SANTA CRUZ DE TENERIFE


El Boletín Oficial de la Provincia publica hoy la apertura de la fase de información pública a partir de mañana y por espacio de 30 días de la nueva ordenanza de los Mercados Municipales de Santa Cruz de Tenerife, resultando aprobada definitivamente una vez consumado ese plazo y en el caso de que no se presente ninguna alegación a la norma.


En consecuencia, la nueva normativa, que fue aprobada por el pleno del Ayuntamiento en la sesión celebrada el 29 de junio pasado y sustituye a la ordenanza anterior de 1989, entrará en vigor y será a partir de entonces de obligado cumplimiento en todo lo concerniente al funcionamiento de los servicios e instalaciones de estos espacios públicos comerciales.


El alcalde de la ciudad, José Manuel Bermúdez, explica al respecto que esta nueva ordenanza “adecúa su contenido a las directrices europeas, que son de obligado cumplimiento, y otorga a los comerciantes una mayor autonomía y flexibilidad a la hora de ordenar y gestionar el Mercado Nuestra Señora de África a través de su cooperativa”.


“La Recova –comenta el alcalde– está en el mejor momento de su historia. Tanto por la afluencia de gente, como por los turistas y las actividades de ocio. Es un orgullo para todos los santacruceros y, por eso, el Ayuntamiento le ha concedido la Medalla de Oro de la Ciudad”.


El éxito del Mercado Nuestra Señora de África, según indica Bermúdez, “se basa en su autenticidad y en que las actividades complementarias que propone, además de su función de mercado de abastos, son diferentes y tienen personalidad propia. No son más de lo mismo y en eso radica su secreto para convertirse, también, en un punto de reunión para los vecinos de esta capital cuando abre sus puertas de noche”.


El cuarto teniente de alcalde y concejal de Servicios Públicos, Dámaso Arteaga, por su parte, señala que la nueva norma “proporciona unas reglas del juego más claras desde el punto de vista de los modos de gestión de la concesión administrativa para los alrededor de 200 titulares, incluyendo el parking y las Casetas Azules, con los que cuenta el Mercado de Nuestra Señora de África en la actualidad”.


El Mercado es un servicio público muy arraigado entre los santacruceros y este reglamento es solo una herramienta jurídica que pretende colaborar y seguir sumando para adaptarlo a los nuevos tiempos y convertirlo en una instalación aún más moderna. Un mercado que tiene más cerca su despegue definitivo, pero que no renuncia a su verdadera identidad para conseguirlo”, agrega.


Gestión


El espíritu del documento es otorgar a los concesionarios una mayor autonomía en la gestión del servicio, dotándolos de los medios necesarios para conseguir una gestión más moderna, ordenada, eficaz y, sobre todo, más flexible.


Para ello, y bajo los parámetros del respeto a los principios de servicio público tanto de la administración municipal como de los concesionarios, el reglamento incide en la forma de gestión indirecta a través de una concesión administrativa y, del mismo modo, sin renunciar tampoco a otras formas ofrecidas por el ordenamiento jurídico.


El sistema contenido en el nuevo reglamento entiende los Mercados Municipales como establecimientos públicos, gestionados directa o indirectamente por el Ayuntamiento.


En el mismo se integra un colectivo de locales de comercio al por menor y, en su caso, servicios de restauración, hostelería u otros que compartan la utilización de espacios e instalaciones de uso común.


El Ayuntamiento, principalmente, establece mediante este documento la relación jurídica con los concesionarios, lo que no impide que pueda intervenir también en otros aspectos para garantizar una adecuada prestación del servicio público, tal y como se recoge en el régimen sancionador.


El nuevo reglamento de Mercados Municipales se estructura en 6 títulos y consta de 59 artículos, 3 disposiciones transitorias, 1 disposición derogatoria, 2 disposiciones finales y 1 anexo.


Entre las actividades que contempla se encuentran el área de servicio de mercado, destinada al ejercicio de actividades de comercio minorista de artículos de consumo alimentario para asegurar el abastecimiento de la población; el área de servicios e instalaciones comunes, que deberá contar con los elementos constructivos, instalaciones, sistemas y equipos necesarios para garantizar el servicio de mercado, conforme a lo dispuesto en la normativa que resulte de aplicación; y el área de apoyo al servicio de mercado destinadas a la prestación de actividades tales como gestión centralizada de envíos a domicilio, consignas, almacenaje y similares.


Asimismo, establece el área de apoyo al servicio de mercado destinada al desarrollo de actividades de gestión de servicios administrativos, técnicos, financieros, de información o similares, vinculadas a la prestación del mismo; el área dedicada a actividades culturales, educativas, deportivas, de salud y bienestar social, que contribuyan a la mejora de la oferta de servicios al consumidor; y el área de servicios terciarios, que contribuyan al desarrollo y correcto funcionamiento de los mercados o que lo complementen permitiendo prolongar la vida y uso de estas instalaciones e incluyendo los servicios de restauración, hostelería u otros como elemento dinamizador.


En todo caso, la superficie destinada a ejercicio de actividades de comercio minorista de artículos de consumo alimentario deberá ser, como mínimo, del 50% de la superficie total del mercado incluyendo, a efectos de este cómputo, su parte proporcional de instalaciones y zonas comunes del propio mercado.

Libre@Diario