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La sentencia del juzgado de lo contencioso- administrativo número 3 de Las Palmas sobre la demanda de Andrés Medina contra el Ayuntamiento de Arrecife por su expulsión del grupo Somos, dictaminó el pasado 5 de abril su desestimación.
Las peticiones desestimadas del demandante eran:
1.- Pasar al grupo mixto.
2.- Que los concejales de Somos Lanzarote pasaran al grupo mixto.
3.- La disolución del grupo Somos Lanzarote en el Ayuntamiento de Arrecife.
4.- Que el Grupo Somos Lanzarote devolviera las cantidades percibidas “injustamente” y que Andrés Medina perciba las que les correspondiera.
5.- Que se ordenen las Comisiones Informativas con arreglo al nuevo número de miembros del Grupo Mixto.
6.- Que se adoptaran medidas cautelares a este respecto.
7.- Que el Ayuntamiento de Arrecife fuera condenado en Costas. En la sentencia, la magistrada no sólo desestima todas y cada una de las pretensiones de Andrés Medina, sino que, de acuerdo con la legislación de lo contencioso-administrativo, se le condena al pago de las costas procesales.
A juicio de Somos Lanzarote, personado en el proceso, la sentencia cierra un proceso evidenciando que todos los procedimientos se realizaron conforme a la ley, y con garantías.
Desde la formación insular consideran que también ratifica la posición de Andrés Medina como tránsfuga de la corporación, que mantiene su acta de concejal a costa de Somos Lanzarote.
A este respecto, la organización considera que se finalizará con este proceso con la justa y ética devolución del acta de Don Andrés Medina a los votantes de Somos Lanzarote.
Por último, Somos Lanzarote estima que con esta sentencia se restituye el honor de la formación ratificando el ejercicio ético, transparente y democrático de todas y cada una de sus labores orgánicas e institucionales.