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España rechaza de nuevo la extradición de Falciani a Suiza

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Falciani


MADRID


La Audiencia Nacional de España rechazó por segunda vez la extradición del informático Hervé Falciani a Suiza porque el Código Penal español no incluye ningún tipo penal similar al delito de "espionaje financiero agravado" por el que la justicia helvética le había condenado a una pena de cinco años de prisión.


En un auto emitido este 18 de septiembre, la Audiencia Nacional recordó que el delito de "espionaje financiero agravado" es un tipo penal que "difiere sustancialmente" con los delitos españoles que podrían considerarse más próximos, como el de "revelación" o "divulgación".


El tribunal también señala que los hechos por los que Suiza reclama a Falciani ya fueron valorados en una primera solicitud de extradición y, en consecuencia, concurre la excepción de "cosa juzgada", que impide a los magistrados pronunciarse sobre el asunto para eludir la posibilidad de entrar contradicción contra otra resolución en sobre los mismos hechos.


En concreto, los magistrados españoles señalan que hechos relatados en la sentencia de 27 de noviembre de 2015 del Tribunal Penal Federal suizo —en la que Falciani es condenado por sustraer la información de miles de defraudadores que escondían su dinero en el banco HSBC— ya fueron valorados por la Audiencia Nacional en marzo de 2013.


El tribunal destaca, como prueba de que la presente solicitud de extradición es la misma que la anterior, el hecho de que las autoridades suizas que fijaron en 5 años la pena para Falciani descontaron en el fallo de la misma los 170 días que el condenado estuvo privado de libertad en España como consecuencia de esa primera solicitud de extradición.


En cuanto al contenido de la reclamación, los magistrados concluyen que la "única divulgación efectiva" que hace el reclamado es la que realiza al transmitir la información a las autoridades de inteligencia financiera, administraciones tributarias de diferentes Estados y a las autoridades judiciales y fiscales, que inician procedimientos a partir de esos datos.


Esta circunstancia, concluyen los magistrados, se ve corroborada con un informe remitido por la Fiscalía Anticorrupción en el que se detallan los procedimientos judiciales abiertos o finalizados en los que se ha concretado la colaboración del exempleado del HSBC.

Libre@Diario