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CCOO Canarias denuncia que la falta de coordinación en la actitud preventiva pone en riesgo a los trabajadores subcontratados

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SEGURIDAD LABORAL


EDDC.NET / Las Palmas de Gran Canaria


La falta de coordinación empresarial que establece la Ley de Prevención de riesgos laborales en su artículo 24 y que se desarrolla en el Real Decreto 171/2004, está generando que muchos trabajadores/as que desarrollan sus funciones en centros de trabajo de otras empresas, estén expuestos a riesgos no evaluados y por tanto, no se adoptan medidas para evitarlos.


La única actividad preventiva que se lleva a cabo en estos casos es la comunicación formal a través del intercambio de documentación, pero no el desarrollo de una eficaz actividad preventiva, donde se valore las condiciones de trabajo y se actúe sobre los riesgos existentes, que evitaría daños a la salud de los trabajadores/as subcontratados.


"Desde CCOO Canarias nos hacemos eco de la situación que viven los trabajadores/as de servicios varios, entre ellos: seguridad privada, mantenimiento, limpieza, proveedores,… que desarrollan sus funciones en otras empresas y donde los riesgos laborales que le afectan no son tenidos en cuenta. Debemos añadir además, la falta de representación sindical de estos trabajadores/as en los centros donde desarrollan su labor; consecuencia de las dificultades que se les interpone a los representantes de los trabajadores de las empresas principales para comunicarse y establecer mecanismos de coordinación eficaces. Por lo que en dichas situaciones no existe una adecuada integración de la prevención y la actividad preventiva brilla por su ausencia".


Sirva de ejemplo la situación que sufren trabajadores/as de diversos sectores:


Trabajadores/as de empresas de seguridad privada que desarrollan jornadas de más de ocho horas a pleno sol, sin protección frente a las radiaciones solares, con descansos ridículos y en ocasiones sin opciones a ejercerlos por desarrollar su actividad en solitario.


La situación de proveedores que acceden a instalaciones por rampas muy pronunciadas o pasillos inadecuados para el transporte de mercancías que genera la realización de sobreesfuerzos, y problemas musculoesqueléticos.


Trabajadores y trabajadoras de limpieza que carecen de espacios para el almacenamiento de los productos, vestuarios o instalaciones higiénicas adecuadas.


Por otro lado, estos colectivos no son tenidos en cuenta en los planes de emergencia y evacuación de los centros de trabajo al carecer de una comunicación efectiva e integrada en la gestión preventiva de las empresas principales.


Ni el empresario principal ni el titular del centro de trabajo, establecen los mecanismos de coordinación adecuados relativo a las medidas que deben adoptar, y el cumplimiento de las obligaciones preventivas, de forma que se proteja a estos trabajadores, quedando relegados a un segundo plano las acciones preventivas que se desarrollan. Por lo tanto se incumple con lo establecido en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, relativo a la coordinación de actividades empresariales.


Por ello, desde la Secretaría de Salud Laboral de CCOO Canarias, reivindicamos una vez más la importancia de proteger la seguridad y salud de todos los trabajadores y trabajadoras independientemente de la relación laboral existente, garantizando unas condiciones de trabajo adecuadas y sin riesgo. En definitiva, se cumpla con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales también para los trabajadores y trabajadoras subcontratados que ejercen su actividad laboral en centro de trabajo distinto al de su empresa principal.

Libre@Diario